martes, 13 de marzo de 2012

ARTICULO 11 Y ARTICULO 12 LEY CONCURSOS MERCANTILES

Tarea acerca del artículo 11 y 12 de la ley de concursos mercantiles2011
Nuria  Raquel Martínez Ríos
El articulo 11 trata del incumplimiento de las obligaciones del comerciante cuando se presenten los siguientes supuestos:
        I.            Cuando el comerciante no tenga bienes para cumplir con el embargo.
     II.            Cuando se le debe a más de dos personas y no se les puede pagar a una de ellas.
   III.            Si se encuentra ausente sin dejar algún represéntate para el cumplimento de las obligaciones.
  IV.            Se clausurar el negocio si no ay un representante a cargo.
     V.             Abandonamiento de cargo.
  VI.            Incumplimiento de acuerdos.
VII.            En casos similares.
El articulo 12 trata de que la sucesión será efectiva en concurso mercantil cuando la empresa se encuentre en los siguientes  casos:
        I.            Que se encuentre operando sin ningún problema legal.
     II.            Cuando detenga las operaciones antes de los acreedores.
En estos casos las obligaciones del comerciante tendrán a cargo un representante o albacea ya que este se hará cargo de los herederos. Las obligaciones que se atribuyan al comerciante que los herederos realicen serán sus responsabilidades a beneficio del comerciante de sus inventarios.

miércoles, 7 de marzo de 2012

CODIGO DE COMERCIO LIBRO CUARTO (tarea)

LIBRO CUARTO
TÍTULO SEGUNDO DE LAS PRESCRIPCIONES
[Artículo 1038]
 Las acciones se prescribirán a las disposiciones de este Código.
[Artículo 1039]
Los términos serán fatales, sin que contra ellos se dé restitución.
[Artículo 1040]
Los plazos comenzarán a contarse desde el día en que la acción pudo ser legalmente ejercitada en juicio.
[Artículo 1041]
La prescripción se interrumpirá por el reconocimiento de las obligaciones, o por la renovación del documento en que se funde el derecho del acreedor.
Se considerará la prescripción como no interrumpida si el actor desistiese de ella o fuese desestimada su demanda.
[Artículo 1042]
Empezará a contarse el nuevo término de la prescripción en caso de reconocimiento de las obligaciones y si en él se hubiere prorrogado el plazo del cumplimiento de la obligación, desde que éste hubiere vencido.
[Artículo 1043]
En un año se prescribirán:
I. La acción de los mercaderes por menor por las ventas que hayan hecho de esa manera al fiado, salvo el caso de cuenta corriente que se lleve entre los interesados;
II. La acción de los dependientes de comercio por sus sueldos.
III. (Derogada).
IV. Las acciones que tengan por objeto exigir la responsabilidad de los agentes de Bolsa.
V. (Derogada).
VI. Las acciones nacidas de servicios, obras, provisiones o suministros de efectos.
VII. (Derogada).
VIII. (Derogada). (DR)IJ
[Artículo 1044]
 (Derogada).
[Artículo 1045]
Se prescribirán en cinco años:
I. Las acciones derivadas del contrato de sociedad y de operaciones de los socios para con la Sociedad y de socios entre sí por razón de la Sociedad;
II. Las acciones que puedan competir contra los liquidatarios de las mismas sociedades.
[Artículo 1046]
La acción para reivindicar la propiedad de un navío prescriben en diez años.
El capitán de un navío no puede adquirir éste a virtud de la prescripción.
[Artículo 1047]
El presente Código no establezca para la prescripción un plazo más corto, la prescripción ordinaria en materia comercial se completará por el transcurso de diez años.
[Artículo 1048]
Correr contra los menores é incapacitados, quedando a salvo los derechos de éstos para repetir contra sus tutores o curadores.